domingo, 2 de agosto de 2009

Ruidos molestos.

HAY RUIDO A RUIDO
Desde hace varios años se ha instalado en nuestra sociedad,un uso y costumbre,que no por lo habitual es normal.
Todos sabemos y sufrimos cotidianamente el dispendio delictual harto absurdo de sonidos absolutamente innecesarios y dañinos.
Cualquier malviviente simula entenderse habilitado a hacer lo que se le da la gana,como se le da la gana y cuando se le da la gana.
Y esto,por supuesto,en donde se le de la gana.
Esto puede ocurrir desde un local,un comercio,un domicilio particular,un auto,o aun en la via publica.
A nadie sorprende ya el escuchar un auto(o mejor dicho su equipo de sonido) a tres cuadras de distancia en la via publica circulando alegremente,aun ante hospitales,comisarias,tribunales,asilos para ancianos o la playa y espacios de descanso y esparcimiento como el parque Pereyra Iraola o los bosques de Ezeiza.
En los edificios de departamentos la situacion se torna dramatica.
No menos grave es la situacion en los barrios.
Todos tenemos derecho a escuchar y no escuchar lo que queremos.
Cuando alguien nos obliga a escuchar lo que no queremos,COMETE DELITO.
Y no es una expresion desproporcionada,sino la simple descripcion de un hecho que esta tipificado por vulnerar normas expresas que protegen bienes juridicos.
Nunca el ejercicio de un derecho,puede ser llevado a cabo en detrimento del derecho ajeno.
Y si alguien me dice que mi derecho a no escuchar vulnera el derecho de escuchar del otro,estamos ante un sofisma.
El delincuente puede dejar de serlo sin dejar de escuchar.
Con bajar el volumen a niveles que no me invadan basta.
Y eso hasta un delincuente lo entiende.
De hecho lo hacen.
Entienden.
No son idiotas.
Son delincuentes.
Y lo son,precisamente por el elemento subjetivo que implica el darse cuenta de que molestan.
Para estos sicopatas que no registran el sufrimiento ajeno,la Ley tiene algo.
Hablaremos esta vez de la normativa vigente en la Provincia de Buenos Aires,dejando para la proxima entrada la Ciudad Autonoma de Buenos Aires.
En principio hay una Ley de Profilaxis,a la que adhieren la mayoria de los municipios.
Pero hay una normativa harto interesante que demuestra lo sostenido dogmaticamente desde nuestra militancia social.
LAS LEYES ESTAN BIEN HECHAS,EL PROBLEMA SON LOS DELINCUENTES QUE DEBEN APLICARLAS.
El Codigo de Faltas de la Provincia de Buenos Aires,tiene origen en un Decreto/Ley.
¿Que es un Decreto/Ley?
Es un decreto que con fuerza de Ley fue promulgado por un gobierno de facto.
Este en particular se promulgo en Febreo de 1974.
Ocurre que al recuperase la normalidad institucional,se tuvo en cuenta que la anulacion de la infinidad de normas dictadas por estos gobiernos ilegitimos,provocaria un derrumbe y colapso de la piramide juridica.
Se los reviso por parte del Poder Legislativo,se le introdujeron cambios,y pasaron al actual estatus.
El Codigo de Faltas,NO SOLO ES TAXATIVO CON RESPECTO A ESTE TEMA(de hecho lo es en casi todos los que tienen que ver con la convivencia social)SINO QUE ADEMAS ES EXPEDITIVO EN CUANTO AL CESE INMEDIATO DE LA SITUACION ANTIJURIDICA,Y LA SANCION AL CAUSANTE.
¿Sorprendidos?
El art4 de dicho codigo,estipula que cualquier ciudadano,o persona mayor de 16 años puede denunciar la contravencion,AUN VERBALMENTE.
Sin perjuicio de esto,cabe aclarar que es de accion publica(cualquier policia que lo constate DEBE actuar)
La vulneracion por ruidos molestos esta tipificada en los arts.74 y 77 de dicho Codigo.
El art.116,obliga al personal policial a aprender al causante en flagrancia,y ponerlo a disposicion de Juez de Paz.
Antes,juzgaba las contravenciones el jefe de la policia provincial.
El art.120,obliga al personal policial a intimar al causante a cesar en la contravencion y a citarlo en el plazo de 24 Hs.a presentarse en la comisaria para que se le inicien las actuaciones.
La penas estipuladas incluyen arresto y multas que crecen con la reincidencia.
ES MENTIRA QUE LA POLICIA NO PUEDE HACER NADA.
ES UN SOFISMA QUE SE TRATE DE” UN PROBLEMA MUNICIPAL”.
Lo cierto es que los delincuentes que se dedican a la politiqueria,no van a sancionar a un transgresor,que luego lo recordara a la hora de votar.
La polcia prefiere dedicarse a las prostitutas y travestis,circunstancias en la que se acordaran de la existencia del Codigo de Faltas,por aquello de “la caja chica”.
Si usted tiene un problema por el estilo,podra presentar una denuncia conformada,directamente ante el juez de Paz.
Si no sabe como hacerlo,contactenos a los Tels.011-4275-1783 o
011-4275-1306.
Y recuerde..Lex non verba”
PD.No tire basura en la via publica ni siquiera un papel de caramelos,porque lo podran aprender por vulneracion del art.76 del Copdigo de Faltas.

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